A veces es difícil distinguir entre un contrato de arrendamiento de local de negocio y un contrato de arrendamiento de industria. Por lo que es necesario realizar una definición de cada uno de ellos.
El contrato de arrendamiento de local de negocio es aquel contrato de arrendamiento mediante el cual el propietario cede al arrendatario el uso del local sin actividad, donde el arrendatario va a instalar su propio negocio. Sin embargo, el contrato de arrendamiento de industria es aquel mediante el cual, el propietario cede no solo el local comercial para ejercer la actividad, sino que también cede la explotación al arrendatario.
Una vez realizada la definición de cada uno de ellos, debemos indicar que la principal diferencia entre ambos es que en el contrato de arrendamiento de local de negocio solo se cede el local mientras que en el arrendamiento de industria no solo se cede el local, sino también un conjunto de bienes para continuar con el negocio, como puede ser muebles, mercadería, clientela, derechos de propiedad industrial etc. Por tanto, si se cede en arrendamiento el local y también el negocio en funcionamiento estaremos ante un contrato de arrendamiento de industria.
El contrato de arrendamiento de local comercial se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, sin embargo, el contrato de arrendamiento de industria se regula por el Código Civil.
Citamos un ejemplo para que sea fácil la distinción entre contrato de arrendamiento de local o arrendamiento de industria. Imaginemos que, se firma un contrato de arrendamiento donde el propietario cede al arrendatario el local o bien cede en arriendo el local y vende el mobiliario al inquilino, en este caso estaremos ante un contrato de arrendamiento de local comercial, sin embargo, estaremos ante un contrato de arrendamiento de industria cuando el propietario cede el local al arrendatario y junto al mismo se cede el negocio que se venía explotando arrendando también la maquinaria, enseres, aprovechándose de la clientela, la marca etc.
El contrato de arrendamiento de industria, al igual que el contrato de arrendamiento de local de negocio, tendrá la duración que libremente acuerden las partes.
En ambos casos, cuando se produzca la falta de pago de la renta, se podrá instar demanda judicial de desahucio y reclamación de las cantidades adeudadas.
En cuanto a la fiscalidad en ambos casos, tendrá el arrendador obligación de emitir factura con IVA y practicar la correspondiente retención.
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