→ La compra de vivienda a través de una cooperativa

Cada vez se hace más frecuente la adquisición de una vivienda a través de una cooperativa, pero, ¿qué es una cooperativa y quiénes participan en ella?. Una cooperativa de viviendas es una entidad sin ánimo de lucro, formada por un grupo de personas que, teniendo una necesidad común, la de vivienda, se unen o asocian para acceder a ella en las mejores condiciones de calidad y coste posible, permitiendo a diferencia de otras promociones acceder a ellas a un coste menor ya que es la propia cooperativa la que promociona las viviendas para adjudicarlas a sus socios eliminando así el beneficio del promotor de la promoción.

Al no existir ningún fin lucrativo si no la necesidad de adquisición de vivienda de todos los socios los costes son más bajos, tomando las decisiones por mayoría contando cada socio con un voto. No es obligatoria la permanencia en la cooperativa por lo que un socio se podrá dar de baja en cualquier momento y tendrá derecho a recibir la devolución de todas las cantidades entregadas desde la concesión de la licencia de obra.

Las cooperativas se regulan por la Ley Estatal de Cooperativas de 27/1999 de 16 de julio de cooperativas, sin embargo, sus competencias se cedieron a las comunidades autónomas por lo que serán estas las que se encarguen de su desarrollo.

Ventajas e inconvenientes de las cooperativas de viviendas

Las principales ventajas son:

1. Adquirir a un precio menor.

2. Pueden realizarse cambios en el diseño o equipamiento del inmueble.

3. Fiscalidad menor ya que se encuentran exentas de liquidar el IVA y AJD en la adquisición del suelo.

4. Participación en la toma de decisiones.

5. Posibilidad de renunciar y recuperar el importe siempre y cuando así se prevean en los estatutos.

En cuanto a los inconvenientes, el principal es que el precio de adquisición no esta cerrado pudiendo surgir imprevistos por lo que podría elevar el coste final.

El desembolso inicial es mayor que si se compra directamente a un promotor ya que se tiene que adquirir previamente el suelo para poder construir.

Si se quiere desistir y abandonar la cooperativa se podrá recuperar el importe de las cantidades entregadas, pero no el importe aportado para sufragar los gastos de la propia cooperativa.

El Blog de Apivirtual

 

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Irene Delgado

Abogada especializada en Derecho Inmobiliario. Responsable del Departamento Jurídico de Apivirtual.com. Formadora y creadora de todo el contenido legal incluido en Apivirtual Formación.

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