Después de conocer las diferencias que podemos encontrar entre dos tipos de contratos tan parecidos pero tan distintos como bien pueden ser un contrato de compraventa y uno de arras, es importante también que tengamos muy en cuenta, antes de firmar ninguno de estos acuerdos, cuáles son aquellas partes que siempre deben constar en los mismos para que se puedan considerar válidos.
Para que esto ocurra y posteriormente no tengamos ningún tipo de problema, es muy importante que en cualquier contrato de compraventa o de arras que se precie aparezcan todos los datos del vendedor y también los del comprador.
Así, deben estar incluido su nombre y apellidos al completo, su DNI o pasaporte, su estado civil (incluyendo el régimen matrimonial al que se somete, en caso de estar casado) y la profesión.
Igual de importante es que figuren completamente identificados todos los datos de la propiedad que será el objeto de transacción gracias a dicho acuerdo (tanto la dirección como el número de finca registral).
Para terminar, se debe especificar el precio exacto al que se vende el inmueble y la forma de pago, apuntando siempre de forma explicita aquellas fechas en las que se deba hacer algún tipo de transacción económica.